¿Qué es Prevención 10 y Evalua-T?

La gestión de la Prevención de Riesgos Laborales trae de cabeza a muchas empresas. Los Lakkunianos vamos a intentar dar respuesta a las preguntas que curso tras curso nos plantean nuestros alumnos. En Lakkun nos hemos empeñado en enseñar y demostrar que la gestión de la Prevención de Riesgos Labores, PRL, puede ser algo sencillo también para las pymes. Pero,

¿qué es Prevención 10?

Prevención 10 es una iniciativa creada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para que las pequeñas empresas de hasta 10 trabajadores que cumplan los requisitos, puedan autogestionarse la actividad preventiva de su empresa de manera sencilla.

El primer paso es crear un documento único que incluye el Plan de PRL, la Evaluación de riesgos y la Planificación preventiva de la empresa.  La herramienta de gestión disponible en el portal de asesoramiento Prevención 10 se llama Evaluat-e y está disponible para un gran número de sectores, aunque no los recoge todos.

Comprueba que tu negocio se encuentra entre los disponibles. Y si no es así, podrás llevarla a cabo igualmente redactando el Plan de PRL, la evaluación de riesgos y la planificación preventiva. Es un poco más tedioso, pero si has realizado la formación necesaria, no tendrás dificultad para realizarlo. Bien sea para llevar a cabo las funciones de nivel básico,  normalmente un curso de 50 o 60 horas con los contenidos especificados en el capitulo VI del RSP. O un curso más desarrollado y especifico para ello, Autogestión de la Prevención de Riesgos Laborales en la empresa. Prevención 10, que recoge los contenidos del curso anterior para llevar a cabo las funciones del nivel básico más una ampliación sobre recogida, elaboración y archivo de la documentación necesaria para gestionar la PRL.

Para entrar en la aplicación Evalua-t como empresari@ o personal designado debes hacerlo mediante cerficado o firma digital, luego puedes crear un usuario para que tus emplead@s puedan acceder a la información sobre la planificación preventiva.

La aplicación consta de 5 sencillos pasos:

Registro de la empresa.

Evaluación de los riesgos específicos por puesto de trabajo y riesgos generales del centro.

Planificación de las medidas preventivas necesarias.

Seguimiento de las medidas preventivas.

Mi plan. En este último podrás descargarte el registro documental en archivos editables necesarios para completar la actividad preventiva

Anteriormente he explicado lo que el empresari@ puede llevar a cabo en cuanto a la gestión actividad preventiva de la empresa. Pero quedan unos aspectos muy importantes que no puede asumir, estas son  las obligaciones de formar a los trabajadores/as acerca de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo y de las medidas preventivas para combatirlos.

Esta formación debe ser llevada a cabo por servicios de prevención o entidades formativas especializadas en PRL con técnicos acreditados en las funciones de nivel superior (capítulo VI del RSP).

Por otro lado, debe concertar la especialidad de Vigilancia de la Salud para la realización de los reconocimientos médicos de los emplead@s con servicios de prevención debidamente acreditados y realizar las actuaciones necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de trabajadores teniendo el cuenta el tamaño, la actividad de la empresa y la evaluación de riesgos. 

¿QUÉ EMPRESAS PUEDEN REALIZAR PREVENCIÓN 10?

 Hasta la modificación del Real Decreto 39/1997 de los Servicios de Prevención por el RD 337/2010 en cuanto a las diferentes modalidades de organizar  la actividad preventiva en la empresa teníamos varias opciones, una de ellas era que el empresari@ podía asumir la gestión de la actividad preventiva siempre y cuando la empresa contase con menos de 6 trabajadores, poseyera la formación adecuada exigida para cumplir las funciones de nivel básico como mínimo (capítulo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención), que desarrolle de manera habitual su actividad profesional en el centro de trabajo y no pertenecer la actividad empresarial al Anexo I del RSP, es decir, que las actividades desarrolladas por la empresa no estén consideradas de riesgo especial.

Por otro lado, se establecía la obligación de que las empresas que desarrollen las actividades preventivas con recursos propios (en este caso, asumida por el empresari@) deberían someter su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa cada 4 años. Tras estos antecedentes resumo a continuación las modificaciones más importantes del RD 337/2010 con referencia a la explicación anterior:

1) Para empresas de menos de 10 trabajadores (excepto Anexo I), el empresario podrá asumir la actividad preventiva siempre que cumpla con las exigencias de formación (funciones de nivel básico) y dedicación (permanecer de forma habitual en el centro de trabajo). Recordad que anteriormente era hasta 6 trabajadores.

2) Se exime a estas empresas de la obligación de someterse a una auditoria legal del sistema preventivo si el empresario asume la actividad preventiva con medios propios. En este caso, el sistema preventivo se considera eficaz dado el limitado número de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas, por lo que se razona que no deben realizar la auditoría cuando cumplimenten y remitan a la autoridad laboral una notificación (en el modelo establecido) en el que se especifican que se dan las situaciones en las que no es necesario realizarla, salvo que la autoridad laboral considere lo contrario tras su revisión.

Bueno, espero que ya te haya quedado un poco más claro todo este maremagnum de información. Y ya sabes, bien seas una pyme, microempresa… estés en Almería, Murcia o Granada, si tienes cualquier duda sobre como formarte para gestionar la Prevención de Riesgos Laborales de tu empresa, no dudes en contacar con Lakkun. 

Davinia Sánchez, formadora de PRL en Lakkun

@DaviniaSanz

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