Una de las dudas más frecuentes entre empresarios y responsables de recursos humanos es saber qué cursos son obligatorios para las empresas y qué formación deben recibir sus trabajadores para cumplir con la legislación vigente.
La respuesta depende de varios factores. Aunque existen obligaciones formativas comunes, otras están relacionadas con el sector de actividad, los riesgos del puesto de trabajo, el convenio colectivo o las funciones que desempeña cada empleado.
Por eso, no todas las empresas necesitan los mismos cursos ni todos los trabajadores deben realizar idéntica formación. Conocer qué formación es obligatoria por ley permite evitar incumplimientos, mejorar la seguridad laboral y organizar correctamente la formación de la plantilla.
¿Existe una lista de cursos obligatorios para todas las empresas?
En España no existe un listado único de cursos obligatorios para empresas que pueda aplicarse de la misma manera a todos los sectores.
La normativa establece determinadas obligaciones de formación e información, pero los contenidos concretos deben adaptarse a la actividad y a las necesidades de cada organización.
La formación obligatoria para trabajadores puede venir determinada por:
- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales
- El convenio colectivo aplicable
- La actividad económica de la empresa
- Los riesgos asociados a cada puesto
- El uso de maquinaria o equipos específicos
- Las funciones y responsabilidades del trabajador
- Determinadas obligaciones normativas sectoriales
Por ejemplo, una empresa de construcción debe cumplir requisitos formativos diferentes a los de una oficina administrativa o un establecimiento de hostelería.
La clave está en identificar qué obligaciones afectan realmente a cada empresa antes de contratar cualquier formación.

Formación en prevención de riesgos laborales: obligatoria para los trabajadores
La prevención de riesgos laborales es una de las principales obligaciones formativas de las empresas.
El artículo 19 de la Ley 31/1995 establece que el empresario debe garantizar una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva.
Esta formación debe impartirse cuando el trabajador se incorpora a la empresa y actualizarse cuando cambian sus funciones, aparecen nuevos riesgos o se introducen modificaciones importantes en los equipos de trabajo.
Además, debe estar relacionada con los riesgos específicos del puesto, por lo que no basta con ofrecer un curso genérico que no se ajuste a las tareas realizadas.
Cursos obligatorios para empresas según el sector de actividad
Además de la formación preventiva general, determinados sectores tienen requisitos específicos establecidos por su normativa o convenio colectivo.
Construcción y sector del metal
Las empresas de construcción y metal deben prestar especial atención a la formación preventiva exigida para los distintos oficios.
En función de la actividad, pueden ser necesarios cursos como:
- PRL de 20 horas por oficio
- Formación específica de 6 u 8 horas, cuando proceda según el convenio
- Formación de nivel básico de 60 horas para determinadas funciones preventivas en construcción
- Formación específica para personal administrativo, directivo o responsables de obra
- Reciclajes formativos establecidos en el convenio aplicable
Los cursos deben ajustarse a los contenidos, modalidades y requisitos correspondientes.
No necesita la misma formación un trabajador de albañilería que un electricista o un operario de carpintería metálica. Por eso, es importante comprobar qué formación corresponde a cada puesto antes de inscribir a los empleados.
Los convenios de construcción y metal establecen itinerarios formativos específicos para diferentes actividades profesionales.
Hostelería y empresas alimentarias
Las empresas dedicadas a la restauración, elaboración, distribución o manipulación de alimentos deben garantizar que sus trabajadores reciben formación o instrucción adecuada en higiene alimentaria.
El Reglamento (CE) 852/2004 establece obligaciones relacionadas con la preparación del personal que manipula alimentos.
Sin embargo, esto no significa que exista un único carnet oficial de manipulador de alimentos obligatorio y homologado por la Administración.
Lo exigible es que los trabajadores dispongan de conocimientos adecuados a sus tareas y que la empresa pueda acreditar su capacitación.
Industria, logística y manejo de maquinaria
En empresas industriales, almacenes, centros logísticos y actividades de mantenimiento pueden existir obligaciones formativas específicas relacionadas con la utilización de equipos de trabajo.
Algunos ejemplos habituales son:
- Manejo seguro de carretillas elevadoras
- Utilización de plataformas elevadoras
- Trabajos en altura
- Trabajos con riesgo eléctrico
- Manejo de determinados equipos y maquinaria industrial
- Operaciones con sustancias peligrosas
La formación debe corresponderse con los riesgos reales y con los equipos utilizados.
Por ejemplo, el Real Decreto 1215/1997 exige formación específica para conducir equipos de trabajo automotores. No obstante, el INSST aclara que no existe un carnet oficial general obligatorio para manejar carretillas elevadoras, aunque sí es necesario acreditar una capacitación adecuada.
Otros cursos que pueden ser necesarios para cumplir la normativa
Además de la prevención de riesgos laborales y la formación sectorial, existen otras materias que las empresas deben tener en cuenta para cumplir sus obligaciones legales.
Igualdad y prevención del acoso laboral
Las empresas deben adoptar medidas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el entorno laboral.
La formación y las acciones de sensibilización son herramientas importantes para cumplir estas obligaciones. Sin embargo, no existe un curso de igualdad de género, con una duración idéntica, para todas las empresas.
También deben considerarse las obligaciones específicas en materia de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI.
El Real Decreto 1026/2024 establece medidas para empresas de más de 50 personas trabajadoras, incluyendo módulos de formación y sensibilización sobre derechos LGTBI dentro de los planes formativos correspondientes.
Protección de datos y RGPD
Las empresas que tratan datos personales deben garantizar que su personal conoce las medidas de seguridad y las obligaciones de confidencialidad aplicables.
La formación en protección de datos resulta especialmente importante para trabajadores de administración, recursos humanos, atención al cliente o departamentos que manejan información personal.
No obstante, el RGPD no establece un curso general obligatorio de una duración determinada para todos los empleados. La formación debe valorarse en función de las responsabilidades y riesgos asociados al tratamiento de datos.
Formación en inteligencia artificial
El uso de herramientas de inteligencia artificial también plantea nuevas necesidades formativas.
El artículo 4 del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, actualizado en 2026, exige a los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA adoptar medidas para promover la alfabetización en esta materia entre el personal que utiliza dichos sistemas.
Esto no implica que todas las empresas deban contratar un curso específico o conseguir un certificado idéntico para sus empleados.
Las medidas deben adaptarse a las herramientas utilizadas, los conocimientos del personal y el contexto de aplicación.
¿Cada cuánto tiempo deben repetirse los cursos obligatorios para trabajadores?
No todos los cursos obligatorios por ley tienen el mismo periodo de renovación.
En prevención de riesgos laborales, la formación debe actualizarse cuando cambian las condiciones de trabajo, aparecen nuevos riesgos o resulta necesario reforzar los conocimientos adquiridos.
Por otro lado, algunos convenios colectivos establecen reciclajes periódicos o exigencias concretas de actualización.
Por eso, no es correcto afirmar que todos los cursos obligatorios para empresas deben renovarse anualmente.
Lo recomendable es mantener un registro actualizado de las formaciones realizadas, revisar sus requisitos y planificar las renovaciones que correspondan.
Cómo saber qué cursos debe hacer una empresa
Para identificar correctamente la formación obligatoria de una plantilla, lo primero es analizar la actividad empresarial y los puestos existentes.
Una revisión adecuada debería seguir estos pasos:
- Identificar el convenio colectivo aplicable. Permite comprobar si existen cursos específicos, contenidos mínimos o requisitos de reciclaje.
- Revisar la evaluación de riesgos laborales. Ayuda a determinar qué formación preventiva necesita cada trabajador.
- Analizar las funciones de cada puesto. No tienen las mismas necesidades formativas los operarios, administrativos, técnicos o responsables de departamento.
- Comprobar las obligaciones normativas adicionales. Es importante revisar si la empresa necesita formación relacionada con higiene alimentaria, igualdad, protección de datos u otras materias.
- Organizar y documentar la formación. Conviene conservar los certificados, contenidos impartidos, fechas y demás registros necesarios para acreditar el cumplimiento.
Este procedimiento permite diferenciar los cursos verdaderamente obligatorios de aquellos que, aunque no estén expresamente exigidos, pueden mejorar las competencias y el rendimiento de la plantilla.
¿Quién debe pagar los cursos obligatorios de los trabajadores?
En materia de prevención de riesgos laborales, la legislación establece que el coste de la formación obligatoria no puede recaer sobre los trabajadores.
Además, debe realizarse, siempre que sea posible, dentro de la jornada laboral. Si se imparte fuera de ella, debe compensarse el tiempo invertido conforme a lo previsto legalmente.
Para otras formaciones exigidas por normas sectoriales o convenios, deben revisarse las condiciones que resulten aplicables.
Las empresas también pueden estudiar las posibilidades de financiación o bonificación de cursos, teniendo en cuenta que no todos los cursos obligatorios son necesariamente bonificables.
Formación obligatoria para empresas: cómo garantizar el cumplimiento
Identificar correctamente los cursos obligatorios para empresas es fundamental para evitar incumplimientos y garantizar que cada trabajador dispone de la preparación necesaria para desarrollar sus funciones.
La formación no debería organizarse únicamente cuando aparece una inspección o surge una necesidad urgente. Lo recomendable es revisar periódicamente las obligaciones de la organización y establecer una planificación adaptada a sus actividades.
En Lakkun ayudamos a las empresas a identificar sus necesidades formativas y ofrecemos formación en prevención de riesgos laborales, cursos específicos por oficio y otras especialidades dirigidas a trabajadores.
Contar con asesoramiento especializado permite elegir la formación adecuada, organizar los cursos necesarios y mantener actualizada la capacitación de la plantilla.
