Desde el primero (1) de enero del año 2019, los autónomos o personas independientes tienen la obligación de realizar la debida cotización por formación profesional.
El Real Decreto de la Ley 28/2018 del 28 de diciembre, trajo consigo cambios esenciales en la cotización de los autónomos para el 2019, podemos ver que en el artículo 7 del nuevo reglamento, se especifica que la instrucción profesional cotiza en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social) únicamente al 0,1%.
El problema es que esta contribución que efectúa el autónomo no le permite tener acceso a la formación bonificada por medio de los créditos ofrecidos por la FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo).
Por ahora, los empleados que cotizan bajo el Régimen General, sí podrán beneficiarse de los cursos disponibles.
Nada para los autónomos sin empleados
Se ha comentado que hay una consideración en marcha sobre un reglamento que ajusta la entrada del autónomo a la formación, sin embargo, la FUNDAE todavía no ha confirmado ninguna norma que especifica directamente a la persona autónoma como receptor de la formación continua.
Por otra parte, si el autónomo cuenta con empleados bajo su disposición, estos sí podrán verse beneficiados por la formación bonificada, ya que la instrucción se basa en el desarrollo de los trabajadores para que optimicen su efectividad, calidad, competencia y producción de cara al negocio.
Mientras tanto, se sigue esperando una regulación para el trabajador autónomo que lo favorezca.
Crédito disponible por número de trabajadores
Sea una empresa o autónomo, la cotización del crédito para la formación se toma en contraste al año pasado y la cantidad de empleados.
De esta forma obtenemos la siguiente tabla:
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- Para empresas de 1 a 9 trabajadores se bonifica el 100 % de la instrucción.
- Para empresas de 10 a 49 trabajadores se bonifica el 75 % de la instrucción.
- Para empresas de 50 a 249 trabajadores se bonifica el 60 % de la instrucción.
- Para empresas con más de 250 trabajadores se bonifica el 50 % de la instrucción.
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No obstante, sin importar la cantidad de empleados contratados y la cotización realizada a la Seguridad Social en temas de formación personal, en cualquier caso, estará disponible un crédito valorado en 420 euros al año
Recuerda que, si eres una persona autónoma física, para optar por la formación bonificada, es necesario que estés al día con los pagos de Hacienda y la Seguridad Social
Qué buena noticia, no tenía ni idea de que los autónomos pudiéramos optar a este tipo de bonificaciones. Es una excelente oportunidad para contribuir a la formación de los trabajadores, con todos las ventajas que esto supone. Eso sí, una pena que los propios autónomos no puedan beneficiarse de esta formación a no ser que tengan trabajadores. Esperemos que en un futuro cambie y puedan disfrutar de ello.
Hola Petra, esperamos que le haya servido esta información y le sea de utilidad!
como autonomo por ser dueño de la empresa y por lo tanto no tener empleados a mi cargo , puedo acceder a la formación e FUNDAE??
Hola Maria Jose, como comentamos en el post, al no tener empleados el propio autónomo no puede acceder a la formación bonificada.
Nada para los autónomos sin empleados. Yo ando igual. Parece que lo autónomos no tenemos derecho a formarnos.
Hola Jose, por ley no podemos bonificar los cursos a los autónomos. Aun así disponemos de cursos para particulares que puede que sean de tu interés. Un saludo.
Muy buena información, estaba buscando un articulo que me explicase bien los porcentajes de bonificación. Me parece una formación muy interesante y que debería conocer más gente. Excelente post!
¡Gracias por tu comentario Lucia!
Hola, siendo Autonomo y socio de una SL, teniendo nomina en SL puedo obtener la Bonificacion?
Saludos
Hola Fabrico, únicamente pueden optar a los cursos bonificados los trabajadores dados de alta en seguridad social.